Trata de personas en México: Entrevista a Elvira Madrid Romero, presidenta de la Brigada Callejera

Trata de personas en México

Entrevista a Elvira Madrid Romero, presidenta de la Brigada Callejera
2 a 6 de febrero de 2018, Bangkok, Tailandia.

Agencia de Noticias Independiente Noti-Calle, Bangkok, Tailandia, 2 de febrero de 2018.-

— Si utilizamos la definición internacional / de la ONU de trata de personas, ¿cómo ve este problema manifestándose en su país?

Para que haya trata de personas, se requiere que haya medios, fines y conductas. Es el acto de transportar a alguien dentro o fuera del país, con fines de explotación, haciendo uso de amenazas, engaño o violencia.

Hay trata de personas en el campo mexicano entre jornaleros/as agrícolas, en la maquila, en trabajo del hogar, en el comercio sexual y para la delincuencia organizada.

Las desapariciones de mujeres adolescentes y adultas, se tienden a relacionar con la trata de personas y grupos abolicionistas señalan que los feminicidios encubren trata de personas. Sin embargo, hace dos años hicimos una pequeña investigación de campo y hemerográfica para producir el cómic “Desaparecidas de Ecatepec” y de 200 casos de desaparecidas, sólo 11 probablemente tenían que ver con trata de personas. Las demás desapariciones, de las cuales muchas de ellas concluyeron en feminicidios, eran producto de maridos celosos, novios, exnovios, vecinos, choferes del transporte público que violaban y asesinaban a las mujeres.

— ¿Ejemplos de tu experiencia?

Mayoritariamente, hemos atendido a sobrevivientes de trata con fines sexuales y en un menor grado, a quienes fueron objeto de trata por el crimen organizado.

— ¿Quién es más comúnmente tratad@?

Con fines sexuales: Mujeres cis y transgénero jóvenes y adolescentes, así como algunos varones adolescentes.

Para ser utilizados como mulas (cargadores de droga), halcones (vigías de narcos en la calle, bares u otros lugares –orejas, sapos-), sicarios o recolectores de la goma de amapola: Adolescentes de 13 a 17 años y adultos, hombres y mujeres de diferentes edades.

Para ser utilizados como especialistas de comunicaciones, jaquers, médicos, chef, maestros de obra de construcción, veterinarios, expolicias y exmilitares y otros profesionales, hombres y mujeres de diferentes edades especialistas en las áreas que requieren refuerzo los diferentes grupos de la delincuencia organizada.

— ¿Cuán apremiante es este problema para las trabajadoras sexuales?

Con el avance del crimen organizado, en muchas ciudades del país hay la tendencia de pretender someter a condiciones laborales infrahumanas a trabajadoras sexuales, bailarinas y meseras de varios estados de la república del norte, centro, sur y occidente. Ecatepec, estado de México, es un ejemplo de cómo grupos tradicionales de trabajadoras sexuales han estado siendo reemplazados por menores de 18 años, regenteadas por policías y sicarios. La ciudad de Colima es otro caso. Acapulco en Guerrero, muestra una tendencia fuerte en ese sentido. Coatzacoalcos, Veracruz, se ha debatido entre crímenes de odio (trans-feminicidios, o crímenes de odio por transfobia, según la organización que lo nombre), cobro de piso y trata de personas con fines sexuales, así como explotación sexual de menores de 18 años, mujeres cis y transgénero.

Se requiere organización territorial de las trabajadoras sexuales, mecanismos de auto-defensa ante ataques armados contra las trabajadoras sexuales producto de protocolos comunitarios de protección.

— ¿Cuál es la definición legal de la trata de personas en su país?

La “Ley general para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos”, menciona varias conductas consideradas delitos en materia de trata de personas, en el título segundo, como explotación sexual,

El mejor ejemplo es el artículo 10 que sólo incluye medios y fines y no considera las conductas, el tercer elemento de la trata de personas contenida en el Protocolo de Palermo. Dicho artículo 10 establece que “Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en esta Ley y en los códigos penales correspondientes.”

Al amparo de dicho artículo, han sido sujetas a proceso judicial, juzgadas y condenadas, la mayoría de personas acusadas de trata de personas. En la práctica hay muchas condenas por proxenetismo (explotación de la prostitución ajena) y no por trata de personas.

Quienes no han tenido recursos para pagar un buen bufete de abogados están sentenciadas por trata de personas en los diferentes penales de la república que cobra entre $250,000 y $500,000 pesos mexicanos (12 mil dólares a 25 mil dólares, cada etapa del proceso penal: Dicha cantidad desde la orden de aprehensión hasta la sentencia. Igual cantidad o más de la sentencia a la revisión de la misma y dos instancias más en el poder judicial de la federación buscando una sentencia absolutoria, a través de juicios de amparo).

— ¿Qué otras leyes son relevantes?

La Ley general de víctimas del año 2017.

— ¿Qué medidas gubernamentales se están tomando para abordar el tráfico en su país? ¿Cómo afectan esto a las trabajadoras sexuales?

Se ha prohibió el baile erótico (table dance) en Coahuila, estado de México, Guanajuato (excepto en un municipio donde las autoridades locales promovieron amparos contra dicha determinación), Chiapas y Tamaulipas y próximamente en el estado de Colima. En la Ciudad de México, están prohibidos los centros nocturnos por la vía de los hechos, no del derecho.

Se prohíbe la inscripción de personas que no vivan en un municipio como trabajadoras sexuales, para combatir la trata de personas. El estado de Oaxaca, es una de las mejores muestras.

Se utilizan los condones para demostrar trata de personas, lenocinio (proxenetismo) y hasta delincuencia organizada.

Se utilizan disposiciones de códigos civiles y códigos familiares para que la perdida de la patria potestad de hijos o hijas menores de 12 años entre trabajadoras sexuales, se aplique a quienes no colaboran a modo en procesos judiciales anti-trata.

Se realizan redadas y deportaciones masivas de mujeres migrantes sin permiso migratorio, para salvarlas de la prostitución y la trata de personas.

Se ofrecen visas humanitarias a cambio de no deportar a mujeres migrantes sin permiso migratorio, si testifican contra quien señale las autoridades como culpable de trata de personas.

Se realizan redadas de limpieza social en centros históricos, zonas turísticas o de gran inversión, utilizando el combate de la trata de personas como pretexto.

Nos hemos enterado de la detención de al menos cuatro líderes reconocidas de trabajadoras sexuales: Una en Guadalajara, Jalisco (la señora Maria Magdalerna Carrillos Olmos del parque Morelos, conocida como doña Mari) y tres en la Ciudad de México de las cuales una era de Sullivan (Alejandra Gil Cuervo, vicepresidenta de la NSWP), otra de un punto de Tlalpan (Bulmara Vilchis Sánchez, presidenta de la cooperativa Por mejores condiciones de salud, que fue asesinada en el penal) y otra más de una cooperativa de acompañantes venezolanas de un spa.